
Las defensas de los 6 imputados, por los crímenes de Héctor López y de Federico Lomeña, recusaron a la jueza Stella Eizmendi, en una audiencia solicitada por el ministerio público fiscal de Puerto Madryn, realizada este lunes en los tribunales de la ciudad del Golfo. El argumento esgrimido es que no se deberían ampliar los plazos de la investigación. Por el contrario, basados en el artículo 357 del Código Procesal de Chubut, tanto la Dra. Silvana Salazar como el jefe de fiscales, Dr. Alex Williams explicaron el por qué de la petición, cuyo articulado se refiere a tramitaciones complejas. En el transcurso de la semana la jueza Eizmendi deberá elevar el informe sobre la impugnación para continuar al frente de la causa. Luego un tribunal será el responsable de dirimir de qué manera prosigue la investigación. Los hechos sucedieron en diciembre de 2018, y si bien en primera instancia intervino la justicia provincial posteriormente fue el fuero federal quien administró el expediente.
Genaro Carrizo Artilez, Giulio De Cecco, Nalib Zajur, Bautista Bidinost, Nicolas Valencia y Aaron Sepúlveda son los seis imputados por los crímenes de Héctor «Pato» López y de Federico Lomeña. Ellos con sus correspondientes defensas(distribuidas en particulares, en los casos de Zajur y De Cecco, y la defensa oficial en cuanto al resto) participaron, este lunes 14 a la mañana, de una audiencia solicitada por el ministerio público fiscal de Puerto Madryn. Tanto Salazar como Williams en representación de la fiscalía se basaron en el artículo 357- ver debajo- del Código Procesal Penal (CCP) para poder ampliar los plazos de investigación teniendo en cuenta que la causa, luego de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de Nación, regresó al fuero provincial( en donde se inició en diciembre de 2018) tras haber sido trasladada al ámbito federal (entre 2019-2020) por la presunción que los homicidios fueron ejecutados en el marco de una banda criminal ligada a la venta de drogas.
Fue el abogado Carlos del Mármol, defensor de Giulio De Cecco quien solicitó la palabra al inicio de la audiencia para recusar a la jueza Eizmendi: «Se tendría que designar a un tribunal colegiado para que se analice e investigue la participación de los imputados. La oficina judicial debería fijar la fecha de debate y la composición dl tribunal interviniente», le explicó a La Namunkurá al término de la actividad que se prolongó por una hora.
La petición de Del Mármol fue adherida por las otras defensas.
Vale recordar que en septiembre del 2020 y tras la actuación del juzgado federal se había elevado la causa para que se ventile en un juicio oral. Allí se determinaron las responsabilidades que, según el fiscal federal Fernando Gélvez, habían tenido cada uno de los imputados.
Sin embargo el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia (quien participa en los juicios ante delitos federales), con fecha 27 de diciembre de 2020, adujo que no era competencia de ese fuero la realización del mencionado juicio. Fue allí que debió interceder la Corte Suprema de Justicia de Nación. Decisión que fue ratificada en marzo de este año. Para el máximo órgano judicial de nuestro país la causa debe ser tratada en la justicia provincial.
Compartimos el articulado en el que se basó el ministerio público fiscal para solicitar la audiencia de este 14 de marzo.
Artículo 357 – Procedencia y trámite – Cuando la tramitación sea compleja a causa de la pluralidad de hechos, del elevado número de imputados o víctimas o por tratarse de casos de delincuencia organizada o trasnacional, a solicitud del fiscal, el juez penal podrá autorizar la aplicación de las normas especiales previstas en este Título. La petición y la
resolución deben estar objetivamente motivadas bajo responsabilidad del fiscal y del juez.
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