Jueza madrynense otorga admisibilidad acción de amparo de la Fundación Ceferino

La jueza Delma Viani le dió vía libre a la admisibilidad de una acción de amparo que le permita a la organización madrynense mantener los derechos adquiridos en 25 años. Esta semana se definía la continuidad del caso. Antecedentes de una inexplicable determinación del gobierno provincial.

Qué resolvió la jueza de familia:

La Jueza resaltó el carácter excepcional de la acción de amparo, no sólo por la brevedad o rapidez con la que los planteos de este tipo deben ser resueltos, sino porque para que esta acción tenga sustento debe existir arbitrariedad o ilegalidad que genere un daño grave por incurrir en el incumplimiento de derechos constitucionales.

La magistrada advirtió que este tipo de planteos encuadran en la vía de amparo por ser necesario resolver el problema en forma expeditiva, dado que la mencionada medida está prevista para aquellas conductas donde existiera ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, y no para casos que requieran un mayor debate (por ser dudoso o más difícil de demostrar la lesión de un derecho personal o el incumplimiento de una obligación).

Por último, agregó que no había dudas que en la causa se debate la posible violación de derechos reconocidos por la Constitución Provincial, la Constitución Nacional y Tratados Internacionales –DERECHO A LA EDUCACIÓN Y DERECHO A TRABAJAR-, por lo que observó que se encontraban en juego el ejercicio de derechos fundamentales de todo ser humano.

Vale aclarar que para mayor protección la Jueza dio intervención al Ministerio Pupilar, para ejercer la defensa de los niños, niñas y adolescentes, ya que en este ministerio se encuentra la Asesoría de Menores, quienes intervienen en la defensa de los derechos y garantía del efectivo ejercicio de los mismos por parte de los menores de edad.

En definitiva se podría concluir que:

El poder judicial, representado en este caso por la jueza Delma Irina VIANI, quien nos abre  la posibilidad de dialogar y de poder debatir el cumplimiento de los derechos de los jóvenes que asisten todos los días al establecimiento y se encuentran resistiendo e intentado no dejarse llevar o caer en la exclusión social, educacional, económica y estatal, que prácticamente desde que nacieron sufren. Como así también los derechos vulnerados de los educadores de los diversos talleres, que fueron excluidos de su derecho a enseñar y de salario. Hoy y siempre intentaremos defender el derecho a la educación y el derecho a trabajar.

Antecedentes

Como fuese descrito en sucesivas notas periodísticas el cambio de política gubernamental ha sido notable.

El Estado de forma sorpresiva y abrupta realizó el recorte presupuestario para el financiamiento de los talleres de capacitación laboral destinados a los jóvenes. Decisión que tomó la Secretaria de Trabajo (luego de 6 años) y reafirmado por el Sr. Gobernador.

Dichos talleres son obligatorios de la currícula escolar, es decir: la escuela N° 1737, que es parte de la fundación, para ser reconocida como Escuela  Provincial de Gestión Social, necesitó presentar un Proyecto Educativo Institucional (PEI), el cual fue aprobado por el Ministerio de Educación. Este PEI tiene dividida la enseñanza escolar en horas de aula y horas de talleres, es decir que para egresar de la escuela N° 1737 se deben aprobar las materias dictadas en el aula más las 10 capacitaciones laborales.

Además, dado la cantidad de horas que los jóvenes se encuentran en la institución (10 hs), y que por la tarde realizan diversas tareas en los talles, la Secretaria de Trabajo daba un beca para ellos, que sólo la percibían si cumplían varios requisitos, entre ellos el 85% de asistencia. Esa ayuda económica para los jóvenes era primordial y se la ganaban dado el esfuerzo, compromiso y responsabilidad, que generalmente se nos exige para ganar un sueldo.

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