
Una nueva etapa en relación al amparo presentado por la Fundación Ceferino Namuncurá ante la decisión del Estado de no continuar brindando el apoyo para las capacitaciones, en el marco de la experiencia innovadora que propone la organización enmarcado dentro de su proyecto educativo, el cual contempla, como aspecto central al trabajo.
Desde el año 2009 y a través de los convenios firmados con el Ministerio de Educación y la Secretaría de Trabajo, la Fundación Ceferino Namuncurá pudo crecer en infraestructura y recursos humanos, debido, entre otras cosas, a este aporte estatal traducido en las tareas de los instructores, docentes y estudiantes que permitieron, en dicho lapso, la construcción de aulas propias, un estudio de radio, uno de televisión y una usina cultural que es un múltiple espacio en donde la comunidad participa con eventos de manera constante.
A partir del cambio de gobierno, pero sobre manera, a contrapelo de su propia historia, el gobierno provincial que había sostenido y apoyado este proyecto basado en la educación y el trabajo, puso desde el principios de la nueva gestión, numerosas trabas: desde no abonar en tiempo y forma los pagos del convenio firmado para el año 2016-debió intervenir la justicia, también con recursos de amparo, mediante- hasta concluir el vínculo desde el área de trabajo, en 2017, por la determinación del responsable, Marcial Paz, quien ya había intentado interrumpir el vínculo, en 2014, cuando era funcionario del Gobernador Martín Buzzi. Vale destacar que, tras dos años, hace algunas semanas el gobierno anunció-anunció- la puesta en marcha de capacitaciones laborales con un aporte de 500 mil pesos.





Currícula. En imágenes, algunos de los talleres que conforman el «boletín» de los estudiantes de la escuela 1737 de la Fundación Ceferino Namuncurá. Granja, Brandon atendiendo un barraco; huerta, Joaquina elaborando una compostera; Faenado, Gastón, en la cámara de frío; en el espacio aúlico en donde se trabaja tres horas reloj con tres docentes-o más-. En la última imagen se puede observar cómo el equipamiento de última tecnología permite elaborar en el campo los trabajos teóricos.
A comienzos del año en curso una jueza aceptó el recurso presentado por la Fundación por entender que se estaban vulnerando los derechos de los estudiantes de elegir (como vienen realizandolo desde hace años a partir de una currícula escolar con múltiples actividades) su lugar para estudiar y el de los trabajadores que ante la falta de apoyo veían imposibilitadas sus remuneraciones.
La jueza Delma Vianni del juzgado de familia le dio lugar a la presentación que luego fue apelada por el Gobierno provincial en la figura de la Fiscalía de Estado. La Cámara de apelaciones volvió a darle la razón a nuestra organización y estimo el pedido viable por lo tanto la jueza inicio la causa tratando de sentar a ambas partes. Nuevamente el Gobierno eligió la figura de la fiscalía de estado para participar de la audiencia que en definitiva no dejó nada ya que dicha área no tiene injerencia como sí podría serlo otro espacio ministerial, o la propia secretaría de trabajo.
Ante otro llamado para ahunar criterios la fiscalía de estado representada por el abogado Daniel Gonzalez, volvió a presentarse en el juzgado de familia.
Fue allí cuando en el marco de la discusión , la Fundación propuso como testigos para que evalúen el Proyecto Educativo Integral, el PEI que valida la currícula escolar, en las personas de Graciela Cigudosa y Sandra Jones, representantes del Ministerio de Educación y quienes conocen fehacientemente el proyecto de la Fundación Ceferino Namuncurá que derivó en el reconocimiento de escuela de gestión social, cuyo número es 1737.
Sin embargo este viernes 8 de setiembre, las funcionarias no se presentaron y sí quien lo hizo fue…exactamente: Daniel Gonzalez que debía aportar a la causa, un expediente que lo hizo fuera de término.
Ahora, ante la ausencia de las testigos, deberá resolver sentencia la jueza con los elementos que tiene.
Debajo de esta crónica dejamos constancia de la prueba documental del pedido de la Jueza Delma Vianni y el último programa de radio de los estudiantes de la escuela 1737, quienes desde hace siete años tienen dentro de su currícula una fuerte impronta en la comunicación.
El programa de los chicos, cuyo nombre fue elegido por ellos, se llama, paradójicamente «Sin Techo».
Fundación Ceferino Namuncurá C/ Provincia del Chubut S / Acción de amparo (000431/2017)
Puerto Madryn, 28 Agosto de 2017.
Con respecto al punto I, estése a fs. 160 y lo proveído a fs 161, primer párrafo.
Atento el estado y constancias de autos, corresponde abrir la causa a prueba y fijar para su producción un plazo de diez (10) días, ampliado en razón a la complejidad y el lugar en que las pruebas debe ser realizadas, correspondiéndole a las partes urgir los trámites para que toda ésta sea producida dentro del término indicado.
Téngase a la parte actora por desistida del requerimiento contenido en el punto f) DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA de fs. 37.
Es así que corresponde proveer la siguiente prueba:
Prueba ofrecida por la Accionante:
DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA:
Atento lo manifestado, en los términos del Art. 388 del CPCCCh, intímese a la demanda a que acompañe a este Juzgado la documental faltante individualizada a fs. 37, en el ítem Documental en poder de la Demandada puntos a) y b) en el plazo de CINCO días de notificada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 9 de la ley V N� 84.
DOCUMENTAL EN PODER DEL JUZGADO:
Se tiene presente la valoración de los autos: Fundación Ceferino Namuncurá C/ Provincia del Chubut S/ Acción de amparo (000141/2016) para el caso de considerarlo necesario la suscripta.
TESTIMONIAL:
A fin de recibir la declaración de los testigos propuestos, cítese a las Sras. Graciela CIGUDOSA y Sandra JONES para el día 08 de Septiembre de 2017 a las 10.00 horas quienes deberán comparecer provistos de Documento Único de Identidad. Notifíquese a las testigos personalmente o por cédula con la advertencia de que, en caso de incomparecencia injustificada, podrán ser conducidas inmediatamente por medio de la fuerza pública, de considerarlo necesario la suscripta.
Proveyendo la prueba demandada:
DOCUMENTAL EN PODER DEL JUZGADO:
Se tendrán presentes los autos «Fundación Ceferino Namuncurá C/ Provincia del Chubut S/ Acción de amparo (000141/2016) para el caso de considerarlo necesario la suscripta.
Notifíquese y a la Asesoría de Familia en su público despacho.
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